Nos encontramos
Muelle Serrano Lloberes, s/n – Centro de Ocio Puerto Azahar
12100 Grao de Castellón
Tel. 964 286 555
admision.castellon@orenesgrupo.com
Para eventos y visitas al casino, contactar con comercial.grancasinocastellon@orenesgrupo.com
Horarios
SALA DE JUEGO
Mesas de juego
Domingo a jueves – De 16:00 a 03:00
Viernes, sábado y víspera de festivo – 16:00 a 04:00
Slots
Domingo a jueves – De 12:00 a 03:00
Viernes, sábado y víspera de festivo – 12:00 a 04:00
Gran Casino Castellón-Puerto Azahar permanece abierto todos los días del año a excepción del día 24 de diciembre, fecha en la que permanece cerrado.
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Requisitos de acceso
ACCESO:
Para entrar en el Casino, es imprescindible presentar el D.N.I. o Pasaporte, para el acceso a las Salas de Juego se debe obtener en el Servicio de Recepción del Casino una tarjeta de entrada.
CÁMARAS:
Según el Art. 32 del Reglamento de Juegos de la CARM, advertimos a los clientes de la grabación de su imagen por cámara situada en el Servicio de Admisión.
Prohibiciones de admisión.
Está prohibida la entrada en las Salas de Juego a:
- Menores de 18 años, aunque se encuentren emancipados.
- Funcionarios civiles o militares que manejen fondos públicos.
- Quienes por decisión judicial hayan sido declarados incapaces, pródigos o culpables de quiebra fraudulenta, en tanto no sean rehabilitados.
- Quienes se encuentren en situación de libertad condicional o sometidos al cumplimiento de medidas de seguridad.
- Quienes den muestra de encontrarse en estado de embriaguez o de sufrir enfermedad mental y a quienes puedan perturbar el orden, la tranquilidad o el desarrollo de los juegos.
- Quienes pretendan entrar portando armas u objetos que puedan utilizarse como tales.
- Aquellos de quienes se haya solicitado de la Comisión Nacional de Juego les sea prohibida la entrada por sí mismos, por su cónyuge, salvo casos de separación, o por hijos mayores de edad, así como por los padres respecto de los hijos que convivan con ellos bajo su dependencia económica.
- Además, el Director del Casino podrá prohibir la entrada a las salas de juego o invitarles a abandonarlas a aquellas personas de las que consten datos que permitan suponer que habrán de observar perturbaciones o cometan tales irregularidades aún cuando no tuvieran antecedentes.